Santo Domingo.– El presidente Luis Abinader promulgó la Ley núm. 13-26, aprobada por el Congreso Nacional, mediante la cual se eliminan las candidatur
Santo Domingo.– El presidente Luis Abinader promulgó la Ley núm. 13-26, aprobada por el Congreso Nacional, mediante la cual se eliminan las candidaturas independientes y se introducen modificaciones al régimen electoral vigente en la República Dominicana.
La nueva legislación deroga los artículos 156, 157 y 158 de la Ley 20-23, disposiciones vinculadas a postulaciones a cargos electivos.
La medida responde a la sentencia TC/0788/24 del Tribunal Constitucional, que declaró inconstitucional el régimen anterior al considerar desproporcionados los requisitos establecidos.
La Ley 13-26 reafirma que las postulaciones a cargos de elección popular deberán realizarse a través de partidos, agrupaciones y movimientos políticos, conforme a lo establecido en la Constitución dominicana.
El documento establece de manera textual que los partidos, agrupaciones y movimientos políticos constituyen las modalidades exclusivas de la participación política en el proceso de elección de las autoridades electivas en las distintas instancias del gobierno.
La disposición fue promulgada el 26 de marzo de 2026 y entró en vigencia tras su publicación oficial.
Revisión y ajustes al marco jurídico electoral dominicano
La promulgación de la Ley núm. 13-26 ocurre en un contexto de revisión y ajustes al marco jurídico electoral dominicano, luego de que el Tribunal Constitucional emitiera la sentencia TC/0788/24, el 13 de diciembre de 2024. En dicha decisión, el alto tribunal declaró inconstitucional la configuración legal que regulaba las candidaturas independientes dentro de la Ley 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, al considerar que los requisitos establecidos para optar por esa modalidad de postulación resultaban desproporcionados y limitaban el derecho a la participación política.
Tras esta sentencia, se abrió un debate jurídico e institucional sobre la viabilidad de las candidaturas independientes dentro del sistema electoral dominicano, tomando en cuenta que la Constitución establece que la participación política y la presentación de candidaturas deben canalizarse a través de partidos, agrupaciones o movimientos políticos, tal como dispone el artículo 216 de la Carta Magna.
En ese escenario, el Congreso Nacional procedió a aprobar la Ley 13-26, la cual deroga los artículos 156, 157 y 158 de la Ley 20-23 y reafirma que las postulaciones a cargos de elección popular quedan reservadas a las organizaciones políticas reconocidas. La legislación también argumenta que modificar ese esquema podría generar dificultades institucionales en áreas como la suplencia de cargos electivos, la conformación de bloques legislativos y otros mecanismos de representación establecidos en el sistema democrático del país.
La pieza fue aprobada por el Senado el 11 de marzo de 2026 y por la Cámara de Diputados el 24 de marzo del mismo año, siendo promulgada por el Poder Ejecutivo el 26 de marzo, entrando en vigencia tras su publicación oficial.

