La justicia europea confirma que Microsoft no deberá cumplir reglas digitales más estrictas por su navegador Edge

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La justicia europea confirma que Microsoft no deberá cumplir reglas digitales más estrictas por su navegador Edge

La sentencia respalda el criterio de la Comisión Europea y supone un revés para Opera en su intento de endurecer la regulación sobre su rival

El Tribunal General de la Unión Europea ha avalado la decisión de la Comisión Europea de no someter a Microsoft a las obligaciones más estrictas de la Ley de Mercados Digitales (DMA) por su navegador Edge.

La justicia europea concluyó que, aunque el servicio cumple algunos de los umbrales cuantitativos previstos por la normativa, no constituye una puerta de acceso lo suficientemente importante como para designar a la compañía como gatekeeper en relación con este producto.

La resolución rechaza el recurso presentado por Opera Norway, empresa propietaria del navegador Opera, contra la decisión adoptada por la Comisión Europea el 12 de febrero de 2024. Con este fallo, Edge queda fuera de un régimen regulatorio que sí afecta a otros grandes servicios digitales considerados esenciales para conectar a empresas con usuarios.

La justicia europea respalda la exclusión de Edge como gatekeeper

La Ley de Mercados Digitales establece una serie de criterios para identificar a las grandes plataformas que actúan como guardianes de acceso dentro del ecosistema digital. Las empresas que reciben esta designación deben cumplir obligaciones adicionales destinadas a reforzar la competencia y limitar posibles abusos derivados de su posición en el mercado.

Entre otras medidas, las compañías consideradas gatekeepers deben facilitar la desinstalación de determinadas aplicaciones preinstaladas, mejorar la interoperabilidad con servicios de terceros y cumplir restricciones sobre el uso de los datos de los usuarios para la publicidad personalizada.

En el caso de Edge, sin embargo, el Tribunal General consideró que la Comisión Europea evaluó correctamente las circunstancias específicas del navegador. Uno de los elementos principales fue su escala de uso en comparación con otros servicios similares.

La cuota de uso fue uno de los factores decisivos

Los magistrados respaldaron el argumento de la Comisión según el cual la cuota de utilización de Edge resulta relevante para determinar si el navegador representa realmente una puerta de acceso importante entre los usuarios profesionales y los consumidores finales.

Aunque Microsoft pueda alcanzar determinados umbrales cuantitativos establecidos por la DMA, la legislación permite a las empresas presentar argumentos para demostrar que, en la práctica, su servicio no tiene la importancia necesaria para recibir la designación de gatekeeper.

El Tribunal concluyó que Microsoft aportó elementos suficientes para justificar esta excepción. En particular, destacó la reducida escala de uso de Edge frente a otros navegadores, un factor que limita su influencia efectiva como punto de entrada al mercado digital.

La tecnología de Edge también influyó en la decisión

La sentencia también tuvo en cuenta aspectos técnicos relacionados con el navegador. Los magistrados señalaron que Edge utiliza tecnologías compartidas con otros navegadores basados en Chromium, lo que reduce la capacidad de Microsoft para controlar de manera autónoma algunos elementos esenciales del servicio.

Otro argumento analizado fue la integración de Edge dentro del ecosistema de Microsoft y su preinstalación en Windows. Opera había cuestionado la exclusión del navegador del régimen más estricto, considerando el peso que puede tener Windows en el mercado de los ordenadores.

Sin embargo, la Comisión concluyó que esta integración no era suficiente para convertir a Edge en una puerta de acceso importante. El Tribunal General consideró que esta apreciación no contenía errores.

Opera pierde el recurso, pero podrá seguir vigilando el caso

Opera Norway impugnó formalmente la decisión comunitaria al considerar que la exclusión de Edge podía afectar a la competencia en el mercado de los navegadores. Aunque el Tribunal General reconoció que la compañía tenía legitimación para presentar el recurso, finalmente desestimó todas sus alegaciones.

La empresa propietaria de Opera aseguró que continuará defendiendo la competencia y los derechos de los usuarios dentro del mercado digital europeo. También consideró importante que la Comisión Europea siga revisando la situación de Edge a medida que evolucionen los datos sobre su uso y su posición en el mercado.

Microsoft mantiene otras obligaciones en Europa

La decisión no significa que Microsoft quede fuera de la regulación europea sobre las grandes plataformas. La compañía sí ha sido objeto de la designación de gatekeeper en relación con otros servicios, como su aplicación de mensajería Messenger, cuya condición fue respaldada anteriormente por la justicia europea.

El caso demuestra que la DMA no aplica automáticamente sus obligaciones más estrictas a todos los productos de las grandes tecnológicas. La Comisión y los tribunales pueden analizar individualmente cada servicio para determinar su influencia real como intermediario entre empresas y usuarios.

Para Microsoft, el fallo supone mantener a Edge fuera de las exigencias adicionales previstas para los principales guardianes de acceso. Para Opera, la resolución representa un revés en su intento de someter al navegador rival a un marco regulatorio más estricto, aunque la evolución futura del mercado podría volver a poner el debate sobre la mesa.

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