Intrant multará con RD$10,000 a camiones y patanas que transiten por el carril izquierdo

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Intrant multará con RD$10,000 a camiones y patanas que transiten por el carril izquierdo

Santo Domingo.- El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) dispuso, mediante resolución, la prohibición de circulación de cami

Santo Domingo.- El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) dispuso, mediante resolución, la prohibición de circulación de camiones, patanas y vehículos de carga por el carril izquierdo en autopistas y carreteras de todo el país, como parte de las medidas para mejorar la seguridad vial y el flujo del tránsito.

El 16 de julio de 2020, el entonces presidente Danilo Medina promulgó el decreto 258-20, en el cual se establecen los lineamientos que hoy recoge la resolución 003-2026, emitida por el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) el pasado 6 de febrero.

Si bien la nueva disposición mantiene los criterios fijados en el decreto, incorpora precisiones adicionales, entre ellas la sanción económica para quienes incumplan la norma, la cual fue fijada en RD$10,000.

La resolución dispone que el carril izquierdo será utilizado únicamente para realizar adelantamientos, siempre que existan condiciones seguras de visibilidad y espacio. En ese sentido, se prohíbe rebasar en pendientes, curvas, zonas señalizadas como prohibidas o cuando exista riesgo por tránsito en sentido contrario u obstáculos en la vía.

Asimismo, solo se permitirá la maniobra cuando la parte izquierda de la calzada esté completamente despejada y se cuente con distancia suficiente para retornar al carril derecho sin peligro de colisión.

El decreto 258-20 ya establecía como obligación para los vehículos pesados circular por el carril derecho, salvo en casos de adelantamiento o cuando deban girar a la izquierda en intersecciones o accesos privados.

De igual forma, se recuerda que los camiones de carga deben transportar su mercancía debidamente asegurada y cubierta con lonas o materiales similares, con el fin de evitar derrames que representen riesgos para otros conductores, el medioambiente y la salud pública.

La supervisión y cumplimiento de estas medidas estará a cargo de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) y la Dirección de Supervisión y Control de Sanciones del Intrant, con el respaldo operativo de la Comisión Militar y Policial (Comipol), entidades responsables de garantizar la correcta aplicación de la resolución.

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