La decisión fortalece la autonomía municipal y redefine el rol del Presidente frente a los gobiernos locales
Santo Domingo, R.D. – El Tribunal Constitucional de la República Dominicana emitió una sentencia trascendental que elimina la facultad del Poder Ejecutivo para designar alcaldes cuando se produzca una vacante en el cargo. La alta corte considera que esta atribución vulnera el principio de autonomía municipal consagrado en la Constitución.
La decisión responde a una acción de inconstitucionalidad interpuesta contra la interpretación de que, en ausencia simultánea del alcalde y del vicealcalde, el Presidente de la República podía intervenir para designar un sustituto, previa solicitud del consejo de regidores. Esta práctica, aunque no regulada directamente por la Constitución reformada en 2010, fue utilizada en varias ocasiones bajo el argumento de garantizar la gobernabilidad.
La Constitución es clara: los municipios son autónomos
En su sentencia, el Tribunal recordó que la autonomía municipal es una garantía constitucional que impide la intervención del Poder Ejecutivo en la estructura interna de los ayuntamientos. Cualquier sustitución de una autoridad local debe realizarse conforme a lo establecido por la ley, respetando los procedimientos institucionales y el derecho ciudadano a elegir a sus representantes.
La intervención del Ejecutivo en los gobiernos locales, sin mandato constitucional ni legal expreso, atenta contra la soberanía municipal y el principio de separación de poderes”, señala el fallo.
Un precedente ante vacantes simultáneas
La sentencia cobra especial relevancia tras recientes casos como el del municipio de La Vega, donde la renuncia del alcalde y la vicealcaldesa generó un vacío de poder. En esa ocasión, se planteó que el Presidente podía nombrar un interino, generando un amplio debate jurídico y político. Con esta nueva decisión, el Tribunal Constitucional deja claro que la solución debe venir del propio ayuntamiento, bajo los mecanismos que establezca la ley, o mediante elecciones extraordinarias si fuese necesario.
Reacciones y próximos pasos
Diversos sectores de la sociedad civil han valorado la sentencia como un avance institucional. La Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) y otros actores jurídicos ya habían advertido sobre el riesgo que implicaba devolverle al Presidente facultades que fueron eliminadas en la reforma constitucional de 2010.
Con esta decisión, se refuerza la descentralización y se obliga al Congreso y a la Junta Central Electoral a establecer un marco más claro para resolver este tipo de situaciones sin vulnerar el orden constitucional.
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