JCE abre proceso contra Centro Económico del Cibao por encuesta publicada fuera de plazo

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JCE abre proceso contra Centro Económico del Cibao por encuesta publicada fuera de plazo

Santo Domingo.- La Junta Central Electoral (JCE) notificó al Centro Económico del Cibao por la publicación de una encuesta de opinión con fines electo

Santo Domingo.- La Junta Central Electoral (JCE) notificó al Centro Económico del Cibao por la publicación de una encuesta de opinión con fines electorales fuera del período establecido en el reglamento para la difusión de este tipo de sondeos.

El órgano electoral informó que la firma publicó el pasado 6 de agosto la denominada “Encuesta de Opinión Pública Nacional”, pese a que la precampaña electoral está prevista para iniciar el 4 de julio de 2027.

Según la JCE, la publicación podría constituir una violación al artículo 13 del reglamento, que establece restricciones para la difusión de encuestas de opinión con fines electorales fuera de los períodos legalmente habilitados.

La Junta aclaró que la imputación tiene carácter provisional y que no representa una declaración anticipada de responsabilidad administrativa ni implica, por el momento, la imposición de una sanción.

El Centro Económico del Cibao dispone de un plazo de 10 días calendario, a partir de la notificación formal, para presentar sus argumentos de defensa, documentos y demás pruebas que considere pertinentes ante la Secretaría General de la JCE.

Concluido el proceso de instrucción, la Unidad de Sanciones Administrativas Electorales deberá elaborar un dictamen y remitir el expediente al pleno de la JCE, que tendrá la responsabilidad de adoptar la decisión definitiva.

El reglamento contempla entre las posibles sanciones la suspensión temporal del registro de la firma encuestadora por un período de seis meses a un año y, en caso de reincidencia, la cancelación definitiva.

La normativa ha generado controversias desde su entrada en vigencia y ha sido objeto de acciones ante órganos jurisdiccionales. En julio, la JCE suspendió su ejecución mientras se conocían los recursos presentados contra el reglamento.

El Tribunal Superior Electoral (TSE) se declaró posteriormente incompetente para conocer las acciones, al considerar que correspondía al Tribunal Constitucional conocer los recursos relacionados con la normativa.

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