Santo Domingo. A poco más de un mes de la fecha prevista para la entrada en vigor de la Ley 74-25, que instituye el nuevo Código Penal dominicano, el
Santo Domingo. A poco más de un mes de la fecha prevista para la entrada en vigor de la Ley 74-25, que instituye el nuevo Código Penal dominicano, el debate jurídico se ha intensificado. Mientras algunos juristas, organizaciones y legisladores plantean extender el período de vacatio legis para corregir aspectos técnicos que consideran problemáticos, otros sostienen que el país no puede continuar aplazando una reforma que busca responder a formas de criminalidad que el Código Penal de 1884 nunca contempló.
El principal argumento de quienes rechazan un nuevo aplazamiento es que República Dominicana continúa aplicando un Código Penal elaborado hace más de 140 años, cuando no existían fenómenos como los delitos informáticos, la inteligencia artificial, el crimen organizado transnacional, las estafas digitales o nuevas modalidades de violencia que hoy forman parte de la realidad cotidiana.
La Ley 74-25 fue promulgada en agosto de 2025 con un período de transición de un año para permitir la capacitación de jueces, fiscales, policías, defensores públicos y abogados. Ese plazo concluye en agosto de 2026, fecha fijada para su entrada en vigor.
Delitos que hoy carecen de una regulación moderna
Durante décadas, el país ha tenido que enfrentar nuevas modalidades delictivas mediante leyes especiales o interpretaciones judiciales debido a que el Código Penal vigente fue concebido para una realidad completamente distinta.
La nueva legislación incorpora decenas de figuras penales que buscan llenar esos vacíos. Entre ellas figuran el feminicidio como tipo penal autónomo, el sicariato, el autosecuestro, la desaparición forzada de personas, el ciberacoso, los delitos cometidos mediante tecnologías digitales, la difusión de contenidos manipulados mediante inteligencia artificial con fines delictivos, la violencia económica y patrimonial, así como nuevas modalidades de estafa y fraude. También introduce, por primera vez, la responsabilidad penal de las personas jurídicas, permitiendo que empresas puedan responder penalmente cuando corresponda.
Especialistas consideran que la ausencia de estas figuras limita la capacidad del sistema de justicia para responder con herramientas adaptadas a la criminalidad contemporánea.
Un sistema que ha debido adaptarse sobre la marcha
La evolución de la delincuencia ha obligado durante años al Estado dominicano a complementar el antiguo Código Penal mediante leyes especiales sobre violencia de género, lavado de activos, terrorismo, trata de personas, delitos electrónicos y otras materias.
Sin embargo, juristas sostienen que esa dispersión normativa dificulta la aplicación uniforme del derecho penal, genera conflictos interpretativos y obliga constantemente a fiscales y jueces a armonizar múltiples disposiciones legales.
La Ley 74-25 procura integrar gran parte de esas conductas dentro de un mismo cuerpo normativo, modernizando además el régimen de penas y la clasificación de numerosos delitos.
¿Por qué algunos sectores quieren aplazar su aplicación?
Quienes promueven ampliar el período de vacatio legis no cuestionan la necesidad de modernizar el Código Penal, sino que advierten sobre posibles problemas técnicos.
La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), junto a reconocidos penalistas, ha señalado que el texto contiene ambigüedades, duplicidades, inconsistencias y disposiciones que podrían generar conflictos de interpretación o incluso tensiones con principios constitucionales. Por ello, propone extender el plazo de entrada en vigor para realizar correcciones antes de que la ley comience a aplicarse.
A estas preocupaciones también se han sumado dirigentes políticos y algunos exfuncionarios del sistema judicial, quienes consideran conveniente abrir un nuevo proceso de revisión técnica.
Quienes rechazan el aplazamiento
Del otro lado del debate, representantes del Congreso, del Poder Ejecutivo y juristas defienden que el Código entre en vigencia en la fecha prevista.
Argumentan que ninguna legislación nace perfecta y que cualquier aspecto susceptible de mejora puede corregirse posteriormente mediante reformas puntuales, sin mantener al país bajo un régimen penal cuya estructura básica proviene del siglo XIX.
Para estos sectores, retrasar nuevamente la entrada en vigor significa prolongar la utilización de un Código que no responde plenamente a las necesidades actuales de investigación, persecución y sanción de múltiples conductas delictivas.
Un debate entre la urgencia y la perfección técnica
La discusión ha dejado claro que existe consenso sobre la necesidad de contar con un Código Penal moderno. La diferencia radica en el momento de su aplicación.
Mientras unos consideran indispensable corregir previamente las fallas técnicas detectadas para evitar conflictos jurídicos, otros entienden que el país ha esperado demasiado por una reforma debatida durante más de dos décadas y que cualquier modificación puede realizarse una vez la ley esté vigente.
Con la fecha de entrada en vigor cada vez más cercana, el Congreso Nacional y el Poder Ejecutivo tendrán que decidir si mantienen el calendario previsto o si acogen las solicitudes de ampliar la vacatio legis. Lo que sí parece indiscutible es que el debate ha puesto nuevamente sobre la mesa la necesidad de que el sistema penal dominicano disponga de herramientas acordes con las nuevas formas de criminalidad y con los desafíos de la sociedad actual.

